Aprobaron la creación del “Programa de adopción de animales en situación de calle y de abandono”

Dicha Ordenanza permitirá al Ejecutivo realizar un registro y un programa de fomento para la adopción de animales en situación de abandono y la confección de certificados de adopción.

El Honorable Concejo Deliberante de Posadas aprobó, durante la sexta Sesión Ordinaria, la creación del “Programa de adopción de animales en situación de calle y de abandono”. El presidente de la comisión de Legislación, cjal. Martín Arjol explicó que esta Ordenanza permitirá al Ejecutivo Municipal, realizar acuerdos con las Organizaciones de protección de animales, universidades, establecimientos, veterinarias, empresas privadas y asociaciones profesionales y lograr un registro con la confección de certificados de adopción para concientizar a la población acerca del cuidado responsable.

Las asociaciones, entes sin fines de lucro que participen en dicho programa junto al IMUSA, deberán llevar a cabo un registro de animales en situación de abandono, en el cual se determinará el historial del animal, además de un registro de adopción, para constatar que efectivamente cuidan de ellos. Lo recaudado por el Municipio en materia de infracción,  será destinado al beneficio y fomento de entidades de lucha y protección de los derechos de los animales.

Los contribuyentes que adopten un animal en situación de calle, deberán presentar las libretas de vacunaciones cada seis meses, además de certificados de adopción expedido por el IMUSA o por los entes inscriptos en los registros de la Municipalidad. Quienes se adhieran al Programa, serán beneficiados con una quita en la Tasa General de Inmueble por única vez, que efectuará el Poder Ejecutivo Municipal conforme las siguientes disposiciones:

  1. a) Por la adopción de una mascota de un 50% (cincuenta por cientos) en el primer año, de 25% (veinticinco por cientos) en el segundo y 10% (diez por cientos) para el tercero.
  2. b) Por la adopción de 2 o más mascotas, de un 100% (cien por cientos) en el primer año, de un 50% (cincuenta por cientos) en el segundo y 20% (veinte por cientos) para el tercero.

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