Conforme a lo anunciado por el gobernador Herrera Ahuad, se encuentra disponible el diferimiento del pago del 50% del monto de las facturas con vencimiento en el periodo de Abril 2020, para las empresas afectadas por la cuarentena.
Las distribuidoras de energía no podrán aplicar intereses sobre el saldo de la factura pendiente. Esta ayuda será prioritaria para las actividades que no pudieron trabajar desde el 20 de marzo. Quedarán a consideración las actividades que sí trabajaron desde
esa fecha.
Para acceder al beneficio, deben remitir la siguiente documentación escaneada a [email protected] hasta el viernes 17 de abril inclusive:
1- Constancia de Inscripción de AFIP
2- Factura de luz del periodo inmediato anterior de todas las conexiones comerciales que posee
3- En el caso de que la factura de luz figure a un nombre distinto al del solicitante se debe remitir:
a) Contrato de Alquiler en caso de que el local se encuentre alquilado.
b) Acta de Matrimonio y/o certificado de convivencia, cuando la factura de luz del comercio se encuentre a nombre del cónyuge o concubino/a de su titular
Conforme a lo anunciado por el Gdor @herrerayflia, está disponible el diferimiento del pago del 50% del monto de facturas con vencimiento en Abril 2020, para empresas afectadas por la cuarentena.
Remitir la siguiente documentación escaneada a [email protected] 👇 pic.twitter.com/3oiSUWgC2p— Adolfo Safrán (@adolfosafran) April 16, 2020