Promueven ley de obligatoriedad de debates públicos para candidatos a cargos electivos

A través de un Proyecto de Ley, el diputado Héctor Bárbaro, candidato a Senador promueve que la Cámara de Representantes sancione la obligatoriedad de debates públicos para los candidatos a los distintos cargos electivos oficializados por las autoridades electorales pertinentes, en las categorías de Gobernador, Vicegobernador, Diputados Provinciales; Senadores y Diputados Nacionales, y Convencionales Constituyentes.
La norma que acompaña el candidato a Diputado Nacional, Martín Sereno, destaca que los debates públicos y obligatorios establecidos  tengan como objetivo presentar a la población, los antecedentes personales y las propuestas electorales con la finalidad de dar a conocer y debatir los programas de Gobierno y legislativos de los partidos, frentes o agrupaciones políticas que competirán en las elecciones generales y legislativas.
Sostiene que la obligatoriedad de participar en el debate público recae en la cabeza de las listas legislativas y de convencionales constituyentes. En el caso de elección a Gobernador y Vicegobernador, estarán obligados a debatir ambos miembros de la fórmula.
El artículo cuarto de la Ley,  establece que el debate deberá realizarse dentro de los 20 días y hasta los siete días corridos anteriores a la fecha de la elección, en el horario comprendido entre las 21:00 y 23:00 de los días establecidos.
 
A cargo del Tribunal Electoral Provincial
La  Autoridad de Aplicación será el Tribunal Electoral Provincial, quien reglamentará está Ley, y quedará a su cargo la elaboración del Reglamento general de debates públicos.
El tiempo del debate será organizado de tal manera que los candidatos dispongan de un espacio inicial para la presentación global de su propuesta, y de un espacio final para intercambio de preguntas y repreguntas directas entre los participantes.
Será conducido por un moderador con reconocida trayectoria en el ámbito periodístico o académico que tenga imparcialidad, y su función será presentar el evento, explicar la metodología bajo la que se desarrollará, administrar los tiempos en el uso de la palabra, y resolver los conflictos o incidentes que se pudieran presentar en su transcurso. Los candidatos podrán sugerir un moderador cada uno; mientras que el Tribunal Electoral sorteará entre las opciones, en caso de no haber consenso entre los candidatos.Temas del debate
Los candidatos deberán debatir sobre temas generales relacionados directamente con el ejercicio futuro de los cargos que buscan ocupar; el debate incluirá referencias a sus antecedentes y detalles sobre las respectivas declaraciones juradas de bienes. La Autoridad de Aplicación podrá convocar a instituciones del ámbito académico y organizaciones de la sociedad civil comprometidas en la promoción de los valores democráticos y los derechos ciudadanos a fin de aportar a la agenda de temas sobre los que versará el debate.

En caso  e inasistencia de los candidatos que se encuentren obligados a participar de los debates públicos; en el mismo acto del debate el moderador deberá informar a la audiencia el nombre, partido y cargo del candidato incumplidor; y el espacio físico que le fue asignado para su participación quedará vacío durante el tiempo en que se desarrolle el debate para denotar la ausencia. La información sobre la ausencia del candidato deberá publicitarse 48 horas después del debate, por tres días corridos, en al menos tres de los principales diarios de la provincia.Emisión televisiva
Los debates públicos y obligatorios de los candidatos a cargos electivos provinciales serán televisados por el canal estatal en la forma establecida por esta Ley, y las disposiciones que a su efecto establezca la Autoridad de Aplicación. Dicha señal será de acceso libre y gratuito para el resto de los canales de aire, las señales de cable y los sitios de internet que operen en Misiones en toda su extensión territorial, así como el audio para todas las emisoras de radio. El costo de producción y difusión de los debates será solventado por el Poder Ejecutivo dentro de las previsiones de gastos electorales, para lo cual queda autorizado a hacer las modificaciones de partidas que correspondan.

Y hasta tanto se establezca a nivel nacional la obligatoriedad de los debates públicos de candidatos a cargos electivos respectivos, quienes se postulen como candidatos a Diputado y Senador Nacional, estarán alcanzados por esta norma.
Se solicita al Ejecutivo Provincial, que autorice, de manera excepcional y por única vez, a realizar las modificaciones de partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo fijado por el artículo anterior, y se invita a los Municipios a adherirse a las disposiciones de esta ley.

Propuestas e ideas

Entre los fundamentos del Proyecto de Ley del PAyS, se busca establecer en el ámbito de la provincia, debates públicos y obligatorios entre candidatos a cargos electivos provinciales, brindando un marco normativo para una instancia objetiva y transparente que permita transmitir a la ciudadanía las propuestas e ideas de cada uno de ellos, y lograr mayor fidelidad entre los electores y quienes habrán de representarlos en los Poderes Públicos.
Por otra parte, hasta tanto el Congreso de la Nación no dicte una norma que establezca los debates públicos y obligatorios para todos los candidatos a cargos electivos Nacionales (Presidente, Vicepresidente, Senadores y Diputados Nacionales), las disposiciones de esta Ley serán aplicables a candidatos a Senadores y Diputados Nacionales por la Provincia de Misiones. La razón que justifica su inclusión radica en que tales candidaturas son distritales, y como tales representan los intereses de la Provincia y de su Pueblo respectivamente, en el ámbito del Congreso de la Nación, es fundamental que los ciudadanos conozcan de antemano qué tipo de defensa de estos intereses primarán en sus gestiones legislativas. Transparencia, información y propuestas
El Proyecto también incluye como parte de los debates públicos obligatorios la necesidad de que cada candidato, haga conocer, independientemente del Partido al que pertenezca, sus antecedentes personales y explique su declaración pública de bienes patrimoniales, ya que uno de los grandes males de la democracia es, el enriquecimiento aparentemente ilegítimo de algunos actores políticos, sin que a la fecha la ciudadanía tenga un espacio institucional en el cual pedir explicaciones. 

El debate en democracia busca promover decisiones electorales soberanas e informadas, indispensables para el pleno ejercicio de la ciudadanía, y del ejercicio de derechos como la libertad de expresión y el acceso libre a la información. 
«Los procesos eleccionarios evolucionaron sustancialmente en los últimos años y nos exige una evolución en este sentido, ya que el electorado demanda información y propuestas en pos de configurar una propia visión de la realidad. 
Es imperioso crear un marco normativo que regule la organización y difusión de los debates, para ofrecer nuevos mecanismos de interacción entre representantes y representados. 

Solo garantizando analisis claros, respetuosos y transparentes, el electorado podrá contar con mayor cantidad de elementos de juicio a la hora de ejercer su derecho al sufragio, ya que le brinda un conocimiento más vasto de las ideas y proyectos de los candidatos», explicó el diputado Bárbaro.

 
 

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