El objetivo es limitar la circulación en la vía pública y promover la tenencia responsable de los mismos destacando los derechos y oblicaciones de los tenedores de mascotas. Además, busca brindarle herramientas al municipio para avanzar en programas e infraestructura destinadas a controlar y mejorar la salud animal.
El Municipio de Garupá dispondrá de un “Padrón de Canes” en el cual la inscripción deberá efectuarla el dueño, guardador o tenedor del animal, quien deberá ser mayor de 18 años de edad. Así lo establece uno de los principales puntos de la Ordenanza N°505 que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el último martes 1 de diciembre, que además busca ponerle límites a los animales que deambulan en la vía pública y promover la tenencia responsable de los mismos.
En uno de los artículos se remarca la creación del Registro de Animales Comunitarios y Perros Potencialmente Peligrosos (PPP), siendo sus propietarios guardadores o tenedores, los responsables de registrarlos. Además, en la propiedad donde viva el animal debe contar con un cartel identificatorio y visible con la leyenda “Perro Potencialmente Peligroso”.
Para la elaboración de la ordenanza consultaron a profesionales veterinarios, comisiones vecinales, como así también a asociaciones que trabajan en el rescate de mascotas en Garupá, que hoy atienden de manera voluntaria.
Los propietarios de mascotas que no asuman su responsabilidad serán sancionados según el Código Contravencional de Garupá.
Fuente: Primera Edición