El objetivo es la intervención preventiva y temprana en casos de tentativa o indicios de posibles usurpaciones y permanente en casos de consumarse los delitos de usurpación de la propiedad.
La iniciativa fue propuesta por el diputado provincial Rafael Pereyra Pigerl y pretende la creación de un equipo de Prevención de Usurpaciones.
«Es necesario atender, prevenir y realizar el debido seguimiento a las Usurpaciones en la Provincia de Misiones, al igual que se está realizando en Tucumán por ley; y otras Provincias como Chaco, Entre Ríos, etc. que están trabajando en similares iniciativas», afirmó el funcionario
El equipo de Prevención de Usurpaciones estaría integrado por:
•Un (1) representante del Ministerio Público Fiscal;
•Un (1) representante del Ministerio de Gobierno;
•Un (1) representante de la Policía provincial;
•Un (1) Diputado Provincial designado por mayoría de sus miembros.
Tendría por objetivo la intervención preventiva y temprana en casos de tentativa o indicios de posibles usurpaciones y permanente en casos de consumarse los delitos de usurpación de la propiedad, para evitar que la usurpación y sus derivaciones se tornen complejas o deriven en situaciones de grave peligro para la vida o la seguridad de las personas.
La coordinación estaría en cabeza del Ministerio de Gobierno en la figura de un funcionario civil con acreditada formación en mediación o resolución alternativa de conflictos. Asimismo, el Equipo de Prevención de Usurpaciones debe contar con mediadores capacitados en resolución de usurpaciones masivas de propiedades públicas o privadas que serán seleccionados conforme lo determine la reglamentación.
También se establece que de acuerdo a las características de los procedimientos que deba intervenir puede pedir la colaboración del Ministerio de Desarrollo Social, Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Municipalidades, entidades rurales o de cualquier otro actor necesario para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.
El Equipo de Prevención de Usurpaciones realizaría una tarea preventiva y de colaboración con la Justicia. Además, debe establecer procedimientos, protocolos y conductas que deben seguirse a fin de garantizar la legalidad, celeridad y eficacia de las intervenciones; garantizar la activación inmediata de los protocolos para prevenir usurpaciones y, en el caso de consumadas, colaborar con la justicia en el desalojo del inmuebles usurpado; coordinar con los organismos competentes la asistencia necesaria considerando la situación de vulnerabilidad de las personas involucradas; contar en los procedimientos con la presencia permanente de personas capacitadas en mediación y resolución alternativa de conflictos; coordinar acciones e intercambiar información con los municipios; asignar las funciones de comunicación, diálogo y mediación en todos los proceso preventivos de desalojo a personal civil o a efectivos policiales especialmente capacitados en mediación y resolución alternativa de conflictos.
Fuente: Economis